Puerto Rico entre siglos: Historiografía y cultura

mayo 26, 2016

Reflexiones: Puerto Rico desde 1990 al presente XVIII

  • Mario R. Cancel Sepúlveda
  • Catedrático de Historia

El panorama del futuro de Puerto Rico a  principios del siglo 21 era incierto. El consenso de los observadores era que el ELA no encajaba en la era global y neoliberal por razones precisas. La principal era la falta de soberanía: el ELA era un régimen político pensado para la Guerra Fría (1947-1991) al servicio de los intereses hegemónicos de Estados Unidos. Tras la caída del socialismo real el Congreso y la clase política local habían sido incapaces de  transformar esa relación en un sentido soberano e innovador. El resultado fue que Puerto Rico advino a la pos-guerra fría sin las condiciones para insertarse en una economía global interdependiente compuesta de países independientes.

Un recurso desde mi punto de vista demagógico usado para tranquilizar a los observadores ha sido afirmar que el ELA adelantó en 1952 un orden en el cual la “independencia” abría paso a la “interdependencia”. La integración europea se usaba como marco de comparación: aquellos países avanzados y modernos estaban en disposición para ceder parte de su soberanía al calor de un proyecto común. La intención era que se viera la relación de Puerto Rico y Estados Unidos como algo equivalente cuando, en realidad, no lo era. El argumento ha regresado esporádicamente a la palestra pública hasta el presente. La argucia interpretativa no toma en cuenta que nuestra “interdependencia”, como se limita políticamente a Estados Unidos, ha hecho del ELA un régimen dependiente, colonial y pobre. La inmoralidad de la situación no es más importante que su ineficacia y su impunidad.

 

Populares y soberanistas

Las soluciones al desencaje parecían claras. La estadidad, en el contexto del nuevo federalismo del 1990 o del federalismo clásico, parecía ser la más popular desde 1990. Las otras eran la  independencia, la libre asociación o “la adquisición de cualquier otra condición política libremente decidida por un pueblo”. La fuente a la que se ha apelado es la Resolución 2625 de la vigesimoquinta Asamblea General de la ONU autorizada el 24 de octubre de 1970. Aunque se presume que la estadidad, la independencia o la libre asociación son propuestas transparentes, la situación real de Puerto Rico en cualquiera de las tres sigue siendo poco discutida.

tiemposLos estadoístas y los independentistas confían en el ideal que defienden de un modo, en ocasiones, irracional o cándido, elemento que conduce a un irreflexivo exceso de confianza en las virtudes de su meta. Claro que, dada la situación que vive el país y el colapso de orden establecido, ello resulta comprensible. Pero, a no dudarlo, esa es una actitud apropiada para una militancia poco informada sobre la complejidad que implica un cambio de esa naturaleza. El lenguaje jurídico ha tenido un  impacto ideológico negativo en el campo de los populares por que el ELA no se encuentra entre las alternativas.

Los populares soberanistas que no aceptan el lenguaje de la libre asociación, los más cuidadosos o moderados, se han amparado en esa descripción abierta -“cualquier otra condición política”- con el fin de legitimar una reformulación del ELA adjetivado como “soberano”, “mejorado” o “culminado”. También han re-articulado inteligentemente el significado del concepto soberanía  insistiendo en que se refieren a la soberanía popular que consideran más democrática, y no a la nacional que estiman más restrictiva. El argumento es que la soberanía nacional depende de la soberanía popular y no al revés. Para lo que creemos que la gente está por encima del estado a la hora del hacer social el argumento es bueno.

Pero la cultura política en una colonia es un medio extraño. El propósito de ese procedimiento parece ser tomar distancia de los independentistas y los nacionalistas que usan el concepto soberanía vinculado a la nación con un sentido distinto presuntamente más radical. Para los populares soberanistas que no aceptan el lenguaje de la libre asociación, la soberanía popular o del pueblo es distinta de la soberanía nacional. Probablemente imaginan que es más democrática. En cierto modo el PPD está a las puertas de un debate frontal entre soberanistas radicales y moderados que no sé si habrá de darse en lo inmediato. El  proyecto definitivo de ese sector soberanista moderado todavía está por precisarse pero, en muchos aspectos, coincide con el de los radicales. Ese procedimiento interpretativo, sin embargo,  acerca mucho a los soberanistas moderados a la discursividad de los más conservadores del PPD que confían en que el ELA pueda servir de base para la formulación de una estructura innovadora que no será la Libre Asociación pero que la equipará en virtudes jurídicas.

Lo único claro es que las 4 opciones que se barajan tiene que garantizar que no son coloniales por lo que deben responder al “principio de la igualdad soberana de los pueblos” defendido por la ONU. Me consta que un segmento de los soberanistas del PPD favorece la Libre Asociación pero son tímidos a la hora de expresarse al respecto. La educación política de la militancia en organizaciones grandes como el PPD y el PNP siempre plantea problemas: un taller de formación se convierte en un mitin con mucha facilidad. Aquellos que aspiran al ELA “soberano”, “mejorado” o “culminado”, tendrán que negociar con los soberanistas radicales que defienden la libre asociación una alianza inteligente a fin de descolonizar al Puerto Rico sin asustar a los populares conservadores remisos al cambio.

Desde mi punto de vista, se  trata de una discusión a destiempo sin que ello signifique que no es urgente o relevante. La decisión sobre el estatus debió tomarse en la década de 1980 o, a más tardar, la del 1990. Debió ser parte del acomodo de Puerto Rico alrededor de los tratados de libre comercio de 1994. Un problema es que en el país dominaba el PNP y el Congreso no quería un Puerto Rico estado 51. De haber sido así, los resultados pudieron haber sido más llevaderos para el país.  Se trata de una especulación legítima solamente. A la altura del 2016, si se presume que un cambio de estatus, es decir la descolonización en la dirección que sea, será un atenuante para la crisis o creará las condiciones para superarla, entonces estamos a tiempo para esa discusión pospuesta. Esa es la actitud de los estadoístas y los independentistas pero no parece ser la de todos los populares.  La gran  pregunta es, ¿cuán dañada está la economía local para un cambio de esa naturaleza hoy?

mayo 25, 2016

Reflexiones: Puerto Rico desde 1990 al presente XVI

 

  • Mario R. Cancel Sepúlveda
  • Catedrático de Historia

El plebiscito de la Gran Recesión (2012)

Ello explica que el plebiscito de 2012 fuese obra de la administración del PNP de Luis Fortuño Burset (1960- ) quien justificó la consulta por varias vías. La primera era puramente estadística: la victoria electoral apabullante (52.84% de los votos) ante un candidato del PPD, Acevedo Vilá débil  marcado por una acusación federal por corrupción de la cual no resultó “inocente” sino “no culpable” (marzo de 2008 a marzo de 2009). Acevedo Vilá, acusado por las autoridades federales en un caso con fuertes visos políticos, impuso su candidatura a pesar de que numerosos alcaldes, soberanistas y no soberanistas, presionaron para que se retirara. La crisis gubernamental y fiscal de 2006, que condujo al cierre temporero del gobierno y a la imposición del Impuesto de Ventas y Uso (IVU)  del  7 %. El déficit presupuestario forzó al gobierno a tomar prestados 500 millones de dólares para pagar la nómina poniendo los ingresos del IVU como fuente de repago de la deuda.

Los informes del “Comité Interagencial del Congreso” de 2005 y 2007, ambos emitidos bajo la administración del presidente Bush, hijo, dieron continuidad a las conclusiones del “Informe John Bennett Johnston” (1989) y del “Proyecto Donald Young” (1996). En 2005 cualquier observador  más o menos informado debía reconocer que el ELA tal y como se había formulado en 1952, ya no era una alternativa válida para el futuro de la relación de Puerto Rico con Estados Unidos. Curiosamente, no fue hasta el 13 de mayo de 2016 que el presidente del Senado de Puerto Rico Eduardo Bhatia, en medio de la discusión para la creación de una Junta de Control (o asesoría) Fiscal para el ELA, afirmó que “En EE.UU. nadie cree en el ELA”. El subtítulo del parte de prensa no debía sorprender a nadie: “El presidente del Senado dice que no ha encontrado una persona en ese país que crea que la relación entre Puerto Rico y Washington puede seguir como ahora”. El planteamiento pudo haber sido hecho en los mismos términos en el 2000 o en el 2005, sin lugar a dudas.

Luis Fortuño y Pedro Pierluisi

Luis Fortuño y Pedro Pierluisi

En 2007 el “Comité…” sugirió una consulta de estatus en  dos fases. La primera, cuestionaría sobre la deseabilidad o no de continuar como territorio no incorporado, entiéndase, colonia o ELA. De ganar el “Sí”, terminaba el proceso y se aceptaría esa expresión de apoyo a la condición colonial como válida. De ganar el “No”, como era de esperarse, se celebraría una segunda  consulta. El asunto de la misma no sería el futuro político sino el método a utilizarse para resolverlo: o un plebiscito o una asamblea constituyente. La fase final del proceso -la solución- era territorio abierto para la imaginación. Me parece que resulta imposible negar que el ELA ya no anduviera bien aspectado en Washington desde la década de 2000. La respuesta del PPD respondió al imperativo moderado: no reconoció legitimidad a los informes de 2005 y 2007 porque representaban la posición republicana. La respuesta era comprensible pero ello implicaba tomar distancia de un asunto que requería mayor atención.

El plebiscito de 2012 auspiciado por Fortuño Burset y el PNP combinó unas elecciones generales con la consulta de estatus. Para la mayor parte de los observadores el estatus futuro y la política doméstica están fuertemente vinculados pero la práctica de separar una discusión de la otra siempre ha respondido a la consideración de que no todos lo penepés son estadoístas y no todos los populares son estadolibristas. Una fragilidad obvia que manifestaba aquella decisión política era que la imagen de Fortuño Burset en 2012 ya no era la misma que en 2008. Algunos observadores apuntaban que la táctica de apelar al asunto del estatus se elaboraba con la esperanza de ganarle apoyo electoral para una reelección que resultaba dudosa.

El actual gobernador, entonces candidato, Alejandro García Padilla (1971-) fue quien dirigió la campaña de los populares. El joven abogado  de Coamo  provenía de una familia de profesionales vinculados a la educación, la política y a la industria de los seguros de salud. Su hermano Luis Gerardo administraba  Medicare y Mucho Más (MMM),  su también hermano Antonio fue presidente de la Universidad de Puerto Rico entre 2001 y 2009, y Juan Carlo alcalde de Coamo desde el 2000. La consulta de 2012 fue diseñada de acuerdo con las recomendaciones del “Comité Interagencial del Congreso” de 2007. Pero la segunda fase de la decisión fue revisada. Adoptó la forma de dos preguntas formuladas en dos papeletas distintas.

La tasa de participación alanzó un significativo 78.19 % del electorado. La primera papeleta inquirí en torno a un “Sí” o un “No” al Estatus Territorial, es decir, al ELA o la colonia. Esa era la fórmula de un referéndum cualquiera. El “Sí” obtuvo  828,077 votos o 46.03 %.  Las dudas era muchas ¿Eran colonialistas sinceros o populares fieles a su partido? El “No” obtuvo  970,910 votos  53.97 %. La lógica afirmaba que se trataba de una coalición natural de estadoístas, independentistas, soberanistas y defensores de la libre asociación, el ELA soberano y/o la república asociada. Del total de 1,775,893 de votos emitidos, 65,863 fueron en blanco y 13,160 protestadas. Lo más relevante, desde mi punto de vista, fue que aquella resultó ser la primera victoria de un “No” al ELA

La segunda papeleta no preguntó por el método de solución de estatus sino por la preferencia futura entre la estadidad, el ELA soberano y la independencia. La  estadidad obtuvo 834,191 votos o $61.16 %, la independencia consiguió 74,895 votos o 5.49 %, y el ELA Soberano  449,679 votos o 33.34 %. En blanco se contaron  498, 604 o el 28.07 % considerados como el equivalente de los populares fieles y moderados que votaron como les pidió la dirección de la campaña. Un total de 18,357 fueron protestadas. Lo más relevante, desde mi punto de vista, fue que la indicación de dejar en blanco la segunda papeleta no fue respondida como esperaban lo moderados. El ELA soberano, si equivalía a la libre asociación, había obtenido un respaldo inesperado en el proceso. La opción de la estadidad se impuso solamente por el hecho de la división de los populares aunque ello, me parece, no debe ser interpretado como una debilidad de esa propuesta. Las mayorías votaron por la estadidad y esa parece ser la preferencia de un número cada vez más significativo de electores en el país.

La consulta de 2012 se caracterizó por la ambigüedad del lenguaje. La legitimidad de sus resultados ya estaba comprometida cuando se contó el último sufragio. Por un  lenguaje no se ajustó al derecho internacional: el “ELA Soberano” es un concepto extraño al mismo. Por otro lado, las condiciones de la estadidad y la independencia por la cual se votaba, no estaban claras. Los resultados volvieron a ser contradictorios. El “No” al Estatus Territorial no fue tan masivo como se hubiese esperado. El PPD consiguió convencer a una parte significativa de su militancia de votar “Sí” a la colonia. Es bien probable que el grueso del voto “No” fuese de origen estadoístas penepés y no afiliados.

Las lecciones políticas más complejas del plebiscito de 2012 son varias. El estadoísmo no representa todavía la mitad más uno del electorado: su crecimiento desde 1990  al presente, se ha lentificado por consideraciones que habrá que discutir en otro momento. El PPD no pudo convencer a su militancia de que rechazara el “ELA Soberano” o la libre asociación que, en efecto, obtuvo 449,679 votos o 33.34 % en la segunda papeleta. Los resultados, en cierto modo,  expresaron cierto disgusto o apatía con el liderato tanto en el  PNP como con el PPD. A la luz del proceso eleccionario, el poder de convocatoria de Alejandro García Padilla estaba en entredicho: su condición de estadolibrista moderado actuaba contra él y los resultado podían animar a los soberanistas del PPD a adoptar un actitud más agresiva en lo sucesivo.

 

Azules y rojos  después del plebiscito de 2012

La consulta en medio de la crisis fiscal y económica fue el propició una reestructuración parcial de las fuerzas políticas involucradas. En el PNP se levantó un nuevo liderato estadoísta exigente y radical. Ricardo Rosselló Nevares (1979-), sobre la base del grupo amplio “Boricua Ahora Es” ha retado las estructuras del PNP. Una “Asamblea de Pueblo” celebrada en octubre de 2014,  se ha planteó exigir la estadidad mediante la articulación del “Plan Tennessee”. Durante aquellos actos se habló de la posibilidad de crear un nuevo Congreso Pro Estadidad (CPE) como lo hubo en la década de 1930.

Ricardo Rosselló

Ricardo Rosselló

En 2015 Rosselló Nevares hacía público su aspiración a la candidatura a la gobernación a pesar de que Pedro R. Pierluisi Urrutia (1959-) Comisionado Residente del PNP, confiaba en obtener la nominación sin oposición. En Rosselló Nevares la innovación y el retorno a lo mismo se combinan muy bien. Su apertura ideológica con anticolonialistas no estadoístas compartiendo tribuna con reconocidos independentistas, su apelación a tácticas de lucha olvidadas hace tiempo, su capacidad para mimetizar y amoldar la discursividad anticolonial radical a la causa estadoísta llaman, sin duda, la atención de los observadores. Incluso la juventud que la campaña de Pierluisi Urrutia usa contra su figura y el pasado de su apellido, le han rendido algunos frutos en su escalada política. Sin embargo la funcionalidad de todo ello en procesos concretos como una primaria y unas elecciones generales en las cuáles esos giros retóricos no cuentan mucho, está por verse.

Pierluisi Urrutia ha reclamado sin éxito la estadidad en el Congreso sobre la base de los resultados de la consulta de 2012. La competencia entre estos dos líderes por la candidatura a la gobernación se sostiene sobre la base de cuál de ellos hace más esfuerzos, fructíferos o no,  por alcanzar la estadidad. De hecho, la petición de Pierluisi Urrutia no fue tomada en cuenta en el Congreso por lo contradictorio de los resultados obtenidos. En respuesta a la presión, en 2013 el Comité de Recursos de la Cámara de Representantes pidió a la Oficina de Contraloría General (GAO) un informe sobre el costo de un Puerto Rico Estado 51 para el Tesoro Federal. El informe circuló en 2014 y no fue auspicioso para los estadoístas

En el PPD los soberanistas se han nucleado alrededor de Aníbal Acevedo Vilá (1962- ) y de Carmen Yulin Cruz (1963-). El ELA Soberano como eufemismo de la libre asociación, se esgrime como un recurso para enfrentar la crisis fiscal y económica, mientras que la ahora llamada Asamblea Constitucional de Estatus se concreta como mecanismo jurídico para alcanzar ese fin. Acevedo Vilá fue muy enfático en la necesidad de comprometer al Tesoro Federal para que la refinanciara en su panfleto Hacia la refundación de la economía de Puerto Rico y del Estado Libre Asociado (2014). Yulin Cruz ha sido mucho más proactiva y radical a la hora de cuestionar una relación política que ha perdido eficacia, si algún día  la tuvo,  y en oponerse al recrudecimiento del coloniaje que representaría la imposición de una junta se control (o asesora) que cogobernara la colonia. Las fisuras en rojos y azules no parece que vayan a producir rupturas mayores en esas organizaciones. No creo que los soberanistas abandonen al PPD por todo lo que esa estructura significa en términos de acceso al poder. Me parece poco probable que haya otra división en el PNP equiparable a la de Romero-Padilla. El bipartidismo y el sistema de turnos persistirán durante  mucho tiempo todavía.

mayo 24, 2016

Reflexiones: Puerto Rico desde 1990 al presente XV

 

  • Mario R. Cancel Sepúlveda
  • Catedrático de Historia

La discusión del estatus en el ámbito federal durante la década de 2000 tuvo un giro interesante. El 23 de diciembre de ese año, el Pres. William “Bill” Clinton (Dem), ordenó la creación de un “Comité Interagencial del Congreso” para tratar el asunto. Entre los deberes del  “Comité…” estaba el deber de rendir un informe en los primeros meses del 2001. Su sucesor, el Pres. George Bush, hijo (Rep) extendió  en abril de ese años el periodo de trabajo del “Comité…” hasta agosto. El sentido de urgencia respecto al estatus parecía dominar al ejecutivo federal. Algo que no debe pasarse por alto en este respecto es que los cambios de gobierno tanto en Estados Unidos como en Puerto Rico siempre han afectado la discusión del escabroso tema de las relaciones jurídicas entre ambos países. El hecho de que en las elecciones puertorriqueñas la cuestión del estatus sea una de las municiones más eficaces a la hora de llamar la atención de los electores explica esa situación. Sin embargo en las elecciones de 2000 el triunfo de Calderón Serra sobre el Ing. Carlos I. Pesquera, parecía ser una garantía de que el estatus no estaría en issue por aquellos cuatro años. La moderación de la gobernadora no era compartida por todo el liderato del PPD. La presión de Washington condujo en enero de 2001 al Lcdo. Aníbal Acevedo Vilá (Com. Res.), a proponer que aquella organización política adoptara la táctica de la Asamblea Constituyente con el objetivo de enfrentar con mayor eficacia el centenario dilema estatutario.

Pres. Will Clinton

Pres. William Clinton

Desde mi punto de vista la legitimidad de aquel reclamo se apoyaba en varias premisas.  Una de ellas era el pasado del PPD: una Asamblea Constituyente avalada por el gobierno de estados Unidos había servido para construir el ELA (1952) por lo que presumir que sus reconocidas carencias democráticas podían ser superadas por otro ejercicio análogo tenía sentido. La otra premisa estaba relacionada con la necesidad político-práctica de atraer las simpatías de los electores o activistas anti-estadistas que no eran populares en especial aquellos independentistas amigos de los populares, los denominados  “melones”,  o los sectores no afiliados o “flotantes” para quienes las preferencias partidistas se apoyaban en consideraciones inmediatas. Lo cierto es que una parte del liderato independentista que había sido testigo del 1952 había respaldado esa táctica. El caso más notable era el del Lcdo. Juan Mari Brás, quien había hecho pública su propuesta en un panfleto en 1986.

Los populares soberanistas o libre asociacionistas, por otro lado, obtenían con la Asamblea Constituyente una propuesta moderada en el marco del derecho internacional que les permitiría evadir la adopción del lenguaje de la Libre Asociación que, en general, atemorizaba a los soberanistas más blandos. La idea de negociar un tratado e igualdad de condiciones y desde la soberanía con Estados Unidos no es simpática para la mayoría de los populares. La insistencia de los estadoístas y estadolibristas moderados en que ello equivale a una “república asociada” ha penetrado a un pueblo conservador que no le gusta arriesgar lo que le garantiza la relación colonial.  La Libre Asociación no es muy distinta de la República con  Protectorado que soñaba De Diego Martínez a principios del siglo 20 o de la independencia en “buenos términos” con Estados Unidos que dominó el discurso de ese sector por lo menos hasta la década de 1930.

La situación del PPD en 2001 era peculiar. Su liderato sabía que necesitaba votos de opositores a la estadidad que no fueran populares para volver a ganar las elecciones. Los plebiscito de 1967, 1993 y 1998 demostraban que el apoyo al ELA se había reducido a menos del 50 % del electorado durante ese largo periodo de tiempo. Por lo bajo debían reconocer que también había perdido la confianza de las autoridades federales desde el fin de la Guerra Fría. Como no podía contar con los nacionalistas, los pipiolos socialdemócratas  y las izquierdas radicales, debía ir a la busca del independentismo más moderado al cual presumía más dispuesto a colaborar con el PPD por consideraciones de “realismo político” a sabiendas de que no podría negociar una alianza abierta con aquellos. Con ello deseaba fortalecer la lucha por obtener más soberanía en el marco de las relaciones existentes sin resultar amenazante para el popular común que  se resiste a todo tipo de cambio.

Rafael Hernández Colón y Aníbal Acevedo Vilá

Rafael Hernández Colón y Aníbal Acevedo Vilá

Los efectos del escenario del 2001 no fueron los esperados. Entre esa fecha y el 2008, aparte de la discusión esporádica en torno al “método” apropiado para resolver el estatus, no se tocó el tema en ninguna de las dos administraciones populares, Calderón Serra y Acevedo Vilá, evadieron el tema a pesar de la presiones desde adentro y afuera del PPD. Las fuerzas que detonarían la crisis que hoy se vive, aunque eran inseparables de la cuestión del estatus, estaban en otra parte. El periodo de gracia para que el ELA se ajustara a una situación inédita -sin el sostén de los depósitos de las empresas 936- se agotaba. La espiral de la deuda pública, que había comenzado a acelerarse desde 1993 bajo la administración de Rosselló González quien la dejó en 27.6 billones de dólares, se había duplicado al cabo de la administración de Acevedo Vilá llegando a la suma de 53.8 billones.

La presión a favor de una discusión serena y más sistemática del estatus provenía, como era de esperarse, de los populares soberanistas y los defensores de la Libre Asociación. En el seno del PPD, los alcaldes soberanistas ganaban presencia e influencia pública. En los márgenes del PPD,  independentismo no afiliado y los “melones” que habían colaborado con la causa popular, esperaban una “radicalización” del reclamo de soberanía que no maduraba. Desde la oposición, como era de esperarse, el PNP y el PIP insistían en el discurso “anticolonial”.

La impresión que dejaron aquellos ocho años fue que el liderato popular, moderado o no, usaba el anzuelo del estatus para ganar adeptos para las elecciones pero sin comprometerse a resolverlo una vez en el poder. Los sectores moderados del PPD, que defendían la legitimidad del ELA con los argumentos de la “Nueva Tesis” de Hernández Colón, pudieron evitar la discusión del asunto mientras estuvieron en el poder. La diferencia era que lo que en 2008 resultaba “económicamente inconveniente” era el ELA a menos que ese régimen fuese revisado radicalmente y, en consecuencia, dejara de ser un ELA. La ansiedad por la consulta estatutaria se concentraría en estadoístas e independentistas, como era lo usual desde 1967.

 

noviembre 8, 2009

El 1950 y la política de status

  • Mario R. Cancel
  • Historiador y escritor

 

El arquitecto de la Ley Pública 600 fue Antonio Fernós Isern, el mismo que por medio de sus artículos de 1946 – Camino abierto I y Camino abierto II, imaginó la “tercera vía” como una opción ante la estadidad y contra la independencia.  El 13 de marzo de 1950, Fernós presentó  legislación en el Congreso desde su posición de Comisionado residente, con el fin de “proveer para la organización de un gobierno constitucional por el pueblo de Puerto Rico”. Con ello el PPD cumplía su promesa de 1948 de enfrentar el asunto del status en cuanto se impusiera en las elecciones de ese año y Luis Muñoz Marín ocupara la gobernación por elección popular.

PR_1946El Senado y la Cámara de Estados Unidos aprobaron la legislación porque reconocían que la misma evadía  la estadidad ni la independencia, dos propuesta que como se sabe no estaban dispuestos a articular, la primera por consideraciones culturales y la segunda por cuestiones geoestratégicas.  La otra razón de peso para aprobar la legislación habilitadora fue que quedaba claro que la misma no comprometía al Congreso ni con la estadidad ni con la independencia para el futuro. La impresión que queda es que el Congreso que estimula la revisión del status esperaba que la solución alcanzada cerrara el asunto del status de una manera definitiva. En ese sentido no estaba contando con la opinión de los independentistas ni de los estadistas, movimiento en los que había numerosos ideólogos poco dispuestos a aceptar el lenguaje que se les pretendía imponer.

El otro elemento que justificaba la aprobación de la Ley Pública 600 era que, a fin de cuentas,  “las relaciones políticas, económicas y sociales entre la isla y Estados Unidos permanecían inalteradas”. La Ley 600 no representaba un “riesgo” político visible y, por el contrario, presentaba una oportunidad única para mejorar la imagen de Estados Unidos y presentarlo como un poder que estaba dispuesto a superar el imperialismo y el colonialismo. En julio de 1949 y ante el Comité de Terrenos Públicos de la Cámara, Luis Muñoz Marín había aceptado que “la constitución será probablemente muy similar (…) de la que ahora rige por acción del Congreso” (se refería al Acta Orgánica Jones de 1917). Y Fernós Isern aseguraba en el mismo Congreso en abril  de 1950 que “la suprema autoridad política de Estados Unidos bajo el tratado (se refería al Tratado de Paris que traspasó a Puerto Rico en 1899) seguirá inalterada”. La necesidad de tranquilizar a los congresistas y de proponer la Ley Pública 600 como un documento que no cambiaría de manera sustancial la relación de Estados Unidos y Puerto Rico era esencial para que la misma fuese aprobada con la menor oposición posible en un Congreso que, según el jurista José Trías Monje en sus memorias, no comprendía, ni estaba dispuesto a comprender, los argumentos de la clase política dominante en la isla sobre la relación entre ambos países.

La Ley Pública 600 autorizaba a convocar un referéndum al pueblo sobre la Ley 600. En el mismo se respondería a la pregunta de si el pueblo aceptaba o no el proceso que se incoaba con ella. La Ley Pública 600, una vez refrendada por el electorado, autorizaba a la Legislatura de Puerto Rico a convocar una Asamblea o Convención Constituyente cuyos delegados o constituyentes se elegirían en una elección especial.  La Asamblea o Convención Constituyente tendría la responsabilidad de redactar una Constitución para Puerto Rico. El proceso, hasta ese punto era jurídicamente pulcro.

La Ley Pública 600, sin embargo iba más allá y establecía una serie de requisitos mínimos para la Constitución. Los mismos serían que la misma debía crear “Gobierno Republicano en forma” y que debía incluir una “Carta de derechos”. Una vez redactada, la Constitución tenía que ser sometida al Pueblo de Puerto Rico para su aceptación y remitida al Presidente de Estados Unidos, quien determinaría si era armónica con las Leyes y Constitución de ese país. Una vez determinado el asunto, el documento pasaría al Congreso de estados Unidos para su consideración, enmienda  y aprobación final.

fernos_isern2La Ley Pública 600 estipulaba que el Art. 5 de la Ley Orgánica Jones de 1917 permanecería inalterado. El contenido del mismo resulta esencial para evaluar la cota de soberanía a la que Puerto rico podía aspirar. En el Art. 5 el Gobierno Federal se reservaba el control sobre las aduanas, el comercio exterior, el sistema monetario, la defensa, la  justicia, los correos y la política exterior de Puerto Rico. Las relaciones fiscales y la soberanía del Congreso, en consecuencia, quedarían incólumes. Lo único que se revisó fue el nombre: en adelante se denominaría  se llamaría  Ley de Relaciones Federales.

El inciso explica varias cosas: la idea de que Puerto Rico y Estados Unidos tienen mercado, moneda y defensa común; la idea de que entre ambos media un convenio o pacto entre iguales que no puede ser alterado unilateralmente; la idea de que la Constitución descolonizó a Puerto Rico. Ley Pública 600 solo permitiría cambios en el “gobierno interno” de Puerto Rico, crearía “un gobierno propio soberano” pero evadía cualquier proceso legítimo de “libre determinación” y sus efectos no correspondían con la “soberanía” ni la “independencia”. Como se verá más adelante, el producto jurídico era un híbrido que tampoco equivalía a una “libre asociación” o una “república asociada”. En la realidad de las cosas la aplicación de la Ley Pública 600 se redujo a una revisión  de la Ley Orgánica de 1917 en el momento en que la “industrialización por invitación” iniciada en 1947, necesitaba alguna estabilidad política.

El Referendum para la Ley 600  se celebró el 14 de junio de 1951. En el mismo votaron a favor 387,016 personas o el 76.5% y 119,169 o el 23.5 % votaron en contra. Como era de esperarse, en la elección de los delegados a la  Convención Constituyente, el Partido Popular Democrático acumuló 351,946 votos o el 82.1%  lo cual  significó 92 candidatos. El Partido Estadista Republicano obtuvo 50,720 o el 11.8% y el Partido Socialista obtuvo 22,505 o el 5.2%. El Partido Independentista Puertorriqueño se abstuvo de participar y cuestionó el carácter descolonizador del proceso.

 

Epílogo de una ley

En 1993 el Undécimo Circuito del Tribunal de Apelaciones de Estados Unidos determinó lo siguiente:

  1. Que la Ley Pública 600 del Congreso no sacó a Puerto Rico de la jurisdicción de la Cláusula Territorial en 1950
  2. Que su aplicación no produjo una alteración fundamental en las relaciones de Puerto Rico con Estados Unidos
  3. Que Puerto Rico seguía siendo un territorio no-incorporado bajo la Constitución de Estados Unidos
  4. Que la autoridad del Congreso sobre Puerto Rico era soberana igual que en 1899

La decisión implicaba que las autoridades de Estados Unidos podían eliminar unilateralmente la Constitución de Puerto Rico o la Ley de Relaciones Federales. Que incluso podían  revocar la ciudadanía impuesta en 1917 por el hecho de que las relaciones no eran bilaterales ni entre iguales y la idea del convenio no era legítima. La decisión de 1993 debió cambiar el lenguaje de la discusión del estatus y estimular a los defensores del Estado Libre Asociado a  revisar sus posturas en dirección de la República Asociada, el Estado Libre Asociado Soberano o la Libre Asociación. Pero, como se sabe, la década del 1990 vio el nuevo auge del anexionismo en el país bajo la dirección de Pedro Roselló González (1993-2001). Los progresos de la postura revisionista entre los populares han sido pocos, hecho que los confirma como una organización cada vez más moderada.

 

octubre 12, 2009

Proyecto de Independencia de Vito Marcantonio en 1943

  • Mario R. Cancel Sepúlveda
  • Historiador y escritor

En el año 1943, el Presidente de Estados Unidos Franklyn. D. Roosevelt ordenó la creación de una Comisión Presidencial con el fin de que la misma le asesorara respecto al problema de Puerto Rico. El hecho de que había elecciones en 1944, parece haber sido crucial en la decisión. La Comisión Presidencial estaría compuesta por 4 estadounidenses y 4 puertorriqueños. A pesar de que la misma debía ser representativa de todos los grupos de opinión del país, en su constitución se excluyó a varios sectores que no parecían tener relevancia entonces en la opinión de las autoridades de Estados Unidos. El hecho de que se dejara fuera al representante del Partido Socialista, Bolívar Pagán, y al representante de la facción del Partido Unión Republicana Progresista, Miguel A. García Méndez, confirma la debilidad del anexionismo y del proyecto de la estadidad en aquel entonces.

En febrero de aquel año se creó en Puerto Rico mediante una Resolución Concurrente, la denominada Delegación Permanente de la Asamblea Legislativa para discutir el asunto del  estatus. La cuestión estatutaria ocupaba, otra vez, la discusión pública en ambas partes. En aquel año se presentaron cuatro proyectos de estatus que, en gran medida, conformaron parte de la base jurídica de que luego fue el Estado Libre Asociado de 1952. El Proyecto Miguel Guerra Mondragón proponía la reorganización de Puerto Rico en un Estado Libre Asociado; el Proyecto Teodoro Moscoso, la fundación de un Estado Libre; y el Proyecto Myllard Tydings, una República.

El lenguaje de Guerra Mondragón sugiere la idea de lo que hoy se denomina República Asociada o Libre Asociación pero sobre el modelo autonomistadel viejo Proyecto Phillip Campbell de 1922. El lenguaje de Moscoso reformulaba la idea del Estado Federal con privilegios dentro de la unión, sin denominarlo de ese modo. Y el Tydings recuerda la Independencia con Protectorado formulada a principio de siglo 20 por José de Diego. Los debates dejaron claro hasta dónde estaba dispuesto a llegar el Congreso de Estados Unidos a la hora de conceder mayor soberanía a su colonia en el Caribe.

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Vito Marcantonio

Vito Marcantonio y la independencia

Uno de los planteamientos más radicales de aquel momento fue el Proyecto de Independencia formulado por el Senador por el Estado de Nueva York Vito Marcantonio. Marcantonio, de origen ítalo-americano, era un antiguo colaborador de los independentistas puertorriqueños en 1937 otro documento con el mismo fin. Su fórmula era similar a lo que se denominó la Independencia en pelo que en 1912 propuso el abogado Rosendo Matienzo Cintrón como respuesta a la moderación política de De Diego y el unionismo puertorriqueño.

La meta de Marcantonio era crear la República de Puerto Rico. El proyecto establecía que Estados Unidos le había dado poca importancia al asunto y que, en efecto, autodeterminación e independencia eran sinónimas. Esta era una manera de indicar que una tercera vía o la estadidad, no eran opciones aceptables jurídicamente para el país. Con el fin de ganar apoyo en el Continente, afirmaba que la República debía desarrollar “buenas relaciones de vecino” con Estados Unidos en el futuro. Las ideas de Roosevelt marcaban el concepto. Se trataba de un parentesco que no se podía evadir. Cuarenta y cinco años dominio americano y dos guerras mundiales, no podían borrarse de golpe y porrazo mediante un decreto de independencia.

Marcantonio aceptaba el argumento jurídico del Partido Nacionalista y Pedro Albizu Campos, en el sentido de que Puerto Rico era una nación que en 1897 había adquirido soberanía a través de la Carta Autonómica. La identificación de aquella autonomía con la soberanía, si bien resulta difícil de aceptar hoy, era un argumento común del independentismo en la época. De ello se derivaba que la ocupación militar de 1898 y el traspaso de 1899 mediante el Tratado de París, habían sido actos ilegales que violaron la libre determinación e independencia de los puertorriqueños.

El otro planteamiento de Marcantonio era que Estados Unidos no había cumplido con la Carta de Atlántico en cuanto a Puerto Rico. Con un lenguaje que recuerda las interpretaciones de José Martí, Ramón E. Betances, De Diego y Albizu Campos, Marcantonio insistía en que el caso de Puerto Rico era crucial para las buenas relaciones de los americanos con Latinoamérica y para garantizar el futuro de las mismas.

En el aspecto político el proyecto establecía el retiro de Estados Unidos 90 días después de la aprobación del mismo. Aquella nación conservaría sus derechos sobre sus reservaciones militares y navales en el territorio por un periodo no mayor de 6 meses tras el fin de la Segunda Guerra Mundial. Marcantonio dejaba abierta las puertas para una negociación entre iguales en ese renglón, después de la paz.

En el aspecto económico el proyecto forzaba a Estados Unidos a reconocer su responsabilidad en “el estado desastroso de la economía de Puerto Rico y por la pobreza de su gente”. Una vez reconocido ese principio, se reclamaba la disposición de aquel país a pagar una indemnización a su excolonia, a autorizar el comercio libre entre ambos y a mantener sus fronteras migratorias abiertas a los puertorriqueños. Era evidente que el independentismo tampoco quería perder ciertos aspectos “ventajosos” de la relación colonial con Estados Unidos. Esa tendencia se ha confirmado a lo largo de todo el siglo 20 y principios del 21. Mediante un curioso juego un tanto demagógico, las “concesiones” reclamadas como necesarias, fueron resemantizadas hasta transformarlas en un “deber” de los americanos o en un “reconocimiento de culpa”.

El proyecto no decía nada sobre el gobierno de la futura República, su constitución o el destino de la ciudadanía americana mediatizada que poseían los puertorriqueños desde 1917. En general, se trataba de un proyecto simple y poco detallado muy debatible, cuya preocupación central era llamar la atención sobre el estatus. A pesar de ello fue considerado el más radical y no fue tomado en cuenta.

Conclusiones parciales

Cuando se comparan las cuatro propuestas la situación se aclara. Los proyectos de Miguel Guerra Mondragón y Teodoro Moscoso, representaban los intereses contradictorios del Partido Popular Democrático, organización en la cual convergían en 1943 –como en el presente-  fuerzas autonomistas y estadoístas. Ello explica que los reclamos  políticos soberanistas fuesen tan moderados en ambos. Las dos fórmulas debieron resultar extrañas para el Congreso y el Presidente, quienes comprendían mejor el lenguaje clásico de Estado Federal y la Independencia.

Los autores esperaban de Estados Unidos tres cosas:

  1. Que aceptaría su responsabilidad en la pobreza de Puerto Rico
  2. Que aceptaría una relación económica ventajosa para Puerto Rico
  3. Que se haría responsable del desarrollo y la industrialización de Puerto Rico

No era seguro que fuese así porque el americano medio y sus esferas de poder, pensaban que Puerto Rico había crecido económicamente bajo su dominio. Incluso pensaban que las quejas locales respecto a su situación material eran excesivas o exageradas. Curiosamente, Ni el proyecto Guerra Mondragón, ni el Moscoso exigían una Constitución para Puerto Rico tras el cambio. El Tydings se había convertido en el proyecto del Congreso Pro-Independencia y los populares independentistas. De hecho, era el único que reclamaba una Constitución para el país, aunque autorizaba su revisión por el Congreso y el Presidente. También esperaba que la República reconociese el derecho de intervención a los americanos sin consultar al gobierno puertorriqueño.

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